Frente a la pandemia del COVID-19 que atraviesa nuestro país y el mundo entero, el Mecanismo Nacional para la Prevención de la Tortura, Penas Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes de Panamá, en virtud de su mandato preventivo dirigido a las personas que se encuentran en lugares de privación de libertad, realiza las siguientes consideraciones:
Reconocemos los importantes esfuerzos del gobierno nacional, en especial del Ministerio de Salud, y otras autoridades, dirigidos a abordar y mitigar los efectos e impacto del COVID-19 en la vida de todas las personas que se encuentran en el territorio panameño.
La realidad de los centros penitenciarios es sumamente compleja y preocupante, por condiciones preexistentes como el hacinamiento, la carencia de un suministro permanente de agua potable, infraestructuras insalubres y servicios de salud insuficientes por la falta de personal, equipos e insumos,que genera una condición de permanente vulnerabilidad para la población de personas privadas de libertad, ya que dependen totalmente del Estado para la satisfacción de sus necesidades básicas y a quienes debe garantizárseles la vida y la salud, como derechos humanos inalienables.
De manera particular, por parte del Gobierno Nacional, se han determinado algunas medidas dirigidas a la prevención del contagio del COVID-19 en los centros penitenciarios, tales como la restricción de las visitas, la dotación de implementos de higiene y limpieza, la suspensión de algunas actividades(como las labores extramuros, visitas conyugales, permisos de salida, diligencias judiciales, entre otras) y la descripción de los artículos de ingreso permitidos, entre otras accionesque fueron plasmadas en comunicados del Ministerio de Gobierno de10,12 de marzo del año en curso.
Reconocemos los avances del Ministerio de Gobierno, a través de la Dirección General de Sistema Penitenciario, en la implementación de acciones de prevención para la mejor protección de la población de privados de libertad del contagio del COVID-19 plasmadas en el reciente comunicado del Ministerio de Gobierno de 26 de marzo de este año,
Al respecto, instamosa las autoridades, en especial al Ministerio de Gobierno, ala Dirección General de Sistema Penitenciario y al Instituto de Estudios Interdisciplinarios, amantener y dar seguimiento a las medidas de prevención adoptadas en los centros penitenciarios y en los centros de custodia y cumplimiento de adolescentes; así comocontinuar dotando de suministros médicos a clínicas de atención de personas privadas de libertad, implementos de aseo y limpieza para administrativos y clínicas;además dereforzar el seguimientode los protocolos de ingreso del personal administrativo, de seguridad y custodio a las instalaciones de los centros, de forma que se evite la propagación del COVID-19 en estos sitios.
Por otro lado, reconocemos los esfuerzos del Ministerio de Gobierno, a través de la Dirección General de Sistema Penitenciario en elaborar listas que beneficien con la aplicación de medidas alternativas a la prisión a personas adultas mayores de 60 años y mujeres en estado de gravidez y con hijos o hijas y que cumplan con otros requisitos tales como la buena conducta y el cumplimiento de las dos terceras partes de su condena; sin embargo, también instamos a las autoridades a prestar especial atención a la salud de las personas privadas de libertad que cuenten con alguna condición crónica de salud preexistente como diabetes, hipertensión, VIH, de cualquier edad, así como a personas adultas mayores y mujeres en estado de gravidez que no reúnan los requisitos para la aplicación de medidas alternas a la privación de libertad y que podrían tener un riesgo desufrir complicaciones,en caso darse un contagio del COVID-19.
Adicionalmente,instamos a adecuar los lugares de cuarentena preventiva destinados a albergar a nuevos ingresos y traslados de personas privadas de libertad y garantizar su atención médica,a fin de garantizar la protección efectiva de la población de los centros penitenciarios.En este mismo sentido, instamos a que se concluyan, en el menor tiempo posible, las obras de acondicionamiento de salas de aislamiento dentro de las clínicas penitenciarias, de forma que puedan albergar temporalmente a personas privadas de libertad con sintomatología sospechosa, mientras se diagnostique médicamente su condición de salud.
Reconocemos los esfuerzos, de la Dirección General del Sistema Penitenciario, de proveer de agua a los centros penitenciarios del país. Exhortamos, además, que dicha prestación de servicio se garantice hasta que finalice la pandemia y que su cobertura se extienda a todos los centros penitenciarios que no cuenten con un suministro regular del vital líquido. De igual forma, exhortamos a que puedan visibilizarse acciones y obras a mediano plazo que garanticen el acceso permanente al agua.
Por otro lado, recomendamos que cada centro bajo la custodia del Estado fortalezca los espacios de capacitación, información y sensibilización a las personas que se encuentran en los mismos y sus familiares, sobre las medidas de prevención adoptadas, así como de higiene personal, que permitan reducir los niveles de incertidumbre y ansiedad de la población de los centros, de forma tal que pueda lograrse una mayor efectividad en la aplicación de dichas medidas.
Respecto a las personas recluidas en albergues y hogares para adultos mayores, instamos a quienes se encargan del cuidado de este sector de la población, que se encuentra en gran situación de riesgo, a extremar lasatenciones, medidas de prevención y aseo, así como cumplir los protocolos y recomendaciones emitidas por las autoridades de salud. Igualmente, hacemos un llamado a las autoridadespara mantener el monitoreo constante del cumplimento de sus directrices en todos los lugares donde se encuentren personas bajo la custodia del Estado, así como la capacitación y sensibilización de administrativos y población recluida.
Finalmente, instamos al Estado Panameño a que pueda hacer extensiva estas medidas para la protección de personas que se encuentren en cualquier centro bajo la custodia del Estado, ya sea albergues para niños, niñas y adolescentes, albergues masculino y femenino de Migración, hospitales psiquiátricos, centros de detención transitorios administrados por la Policía Nacional y otros lugares de privación de libertadque se encuentran actualmente en gran condición de vulnerabilidad.
Desde el Mecanismo Nacional para la Prevención de la Tortura, reiteramos nuestro compromiso de continuar realizando recomendaciones dirigidas al mejoramiento de las condiciones de los centros bajo el amparo del Estado y el trato hacia las personas que se mantienen dentro de estos centros, desde un enfoque preventivo y por medio de un trabajo conjunto con el Estado, que garantice la protección de esta población contra los efectos de la pandemia del COVID-19.
Panamá, a los 31 días del mes de marzo del 2020